ETICA-2023

Código de Ética

El Director General y, respaldado por el compromiso inquebrantable de nuestros socios y encargado de cumplimiento, enfatizamos la esencia de la integridad y la ética como pilares fundamentales de nuestra firma. Es nuestra visión colectiva que cada acción que emprendamos refleje estos valores en su más alto calibre. En consideración de lo expuesto, hemos adoptado el siguiente: Código de Ética 1. Propósito y Alcance: Este Código de Ética establece las pautas y principios que guían la conducta de todos los miembros de nuestra firma. Su objetivo es asegurar un ejercicio profesional del derecho que sea íntegro, responsable y en consonancia con los más altos estándares éticos y de compliance. 2. Principios Fundamentales: Integridad: Actuar con honestidad, rectitud y coherencia en todas las acciones y decisiones, evitando cualquier conducta que pueda menoscabar la dignidad de la profesión. Profesionalismo: Brindar un servicio de calidad, basado en la competencia, la formación continua y el rigor en la investigación y aplicación del derecho. Confidencialidad: Proteger la información confidencial de los clientes, manteniéndola en estricto resguardo, y usarla exclusivamente en el mejor interés del cliente. Independencia: Mantener una postura imparcial, evitando cualquier influencia o conflicto de intereses que pueda comprometer la objetividad y el juicio profesional. Diligencia: Actuar con prontitud, eficiencia y dedicación en todos los asuntos confiados por el cliente, asegurando su representación de la manera más efectiva posible. Respeto: Tratar a todos los individuos, incluidos clientes, colegas, servidores públicos y opositores, con cortesía, respeto y justicia, evitando conductas discriminatorias o despectivas. 3. Responsabilidades hacia el cliente: Lealtad: Actuar siempre en el mejor interés del cliente, priorizando sus necesidades y derechos, a través del litigio ético. Comunicación: Mantener al cliente informado sobre el progreso y desarrollo de su caso, respondiendo con prontitud a sus consultas. 4. Responsabilidades hacia la sociedad y el sistema de justicia: Respeto a las normas: Adherirse a todas las leyes y regulaciones aplicables, evitando cualquier acción que pueda socavar la confianza en el sistema de justicia. Excelencia académica: Participar activamente en iniciativas académicas, debates jurídicos y promoción del derecho como ciencia. 5. Relaciones con colegas: Fomentaremos un ambiente de respeto mutuo con otros profesionales del derecho. Nos abstendremos de hacer imputaciones deshonrosas sobre otros abogados. 6. Actualización y capacitación: Manifestamos nuestro compromiso con la formación continua y la actualización regular en el ámbito jurídico, asegurando siempre la competencia y excelencia en la práctica legal. Orgánicamente dispondremos de espacios dialógicos y constructivos del conocimiento para el fortalecimiento de la competencia de los miembros de la firma. 7. Mecanismos de reporte y control: El Canal Ético de MPa-Derecho Punitivo y Riesgos Corporativos ha sido establecido como un instrumento esencial de nuestra estructura de compliance para asegurar una vía eficiente y transparente de comunicación con nuestros miembros y grupos de interés. A través de esta herramienta, promovemos la integridad y ética corporativa. Hemos dispuesto el siguiente canal para la recepción de comunicaciones: canaletico@web.mpapenalcorporativo.com Fomentamos el uso responsable de este canal, asegurando la confidencialidad y protección de la información proporcionada,  

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Lineamientos del Canal Ético

El Director General y, respaldado por el compromiso inquebrantable de nuestros socios y encargado de cumplimiento, enfatizamos la esencia de la integridad y la ética como pilares fundamentales de nuestra firma. Es nuestra visión colectiva que cada acción que emprendamos refleje estos valores en su más alto calibre. En consideración de lo expuesto, hemos adoptado los siguientes: Lineamientos del Canal Ético 1. Objetivo: Establecer una vía clara y segura para que los miembros de la firma, así como cualquier tercero, puedan comunicar preocupaciones, denuncias o inquietudes relacionadas con prácticas no éticas o conductas indebidas. 2. Alcance: Este canal está destinado a recibir reportes de posibles violaciones a nuestro Código de Ética, legislaciones aplicables, o cualquier otro comportamiento que pueda ser considerado inapropiado. 3. Principios Rectores: Confidencialidad: Todas los reportes realizados a través del Canal Ético serán tratadas con la máxima confidencialidad. El anonimato del denunciante será protegido en la medida en que lo permita la ley. No represalias: Se garantiza que no habrá represalias ni perjuicios hacia cualquier persona que utilice el Canal Ético de buena fe, incluso si las investigaciones posteriores determinan que no hubo ninguna infracción. Transparencia: Asegurar que el proceso de tratamiento de los reportes sea transparente y que se informe adecuadamente sobre el seguimiento y, si corresponde, las medidas adoptadas. Accesibilidad: El Canal Ético debe ser fácilmente accesible. 4. Uso del Canal Ético: Comunicación: Cualquier persona puede comunicar a través del Canal Ético situaciones que consideren contrarias a la ética, integridad o legalidad. Datos Relevantes: Al hacer una denuncia, se recomienda proporcionar toda la información relevante: detalles del incidente, fechas, personas involucradas y cualquier otro dato que pueda facilitar la investigación. Canal de Recepción: Las denuncias pueden ser enviadas a través del correo electrónico específicamente designado para este propósito: canaletico@web.mpapenalcorporativo.com 5. Proceso de Investigación: Corresponderá al encargado de cumplimiento el siguiente procedimiento para el trámite de reportes: Recepción: Todos los reportes recibidos serán registrados y acusados de recibo, garantizando la confidencialidad del denunciante. Evaluación: Una vez recibido el reporte, se llevará a cabo una evaluación preliminar para determinar la necesidad y alcance de una investigación más detallada. Investigación: Las investigaciones serán llevadas a cabo por personal capacitado y, de ser necesario, con la ayuda de expertos externos. Resolución: Al finalizar la investigación, se tomarán las medidas adecuadas según los hallazgos y se comunicará, en la medida de lo posible, al reportante sobre el resultado. 6. Compromiso: La firma reafirma su compromiso con la ética y la integridad, y considera el Canal Ético como una herramienta esencial para mantener y reforzar estos valores en todas nuestras acciones y decisiones.

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Política de Relacionamiento con Servidores Públicos

El Director General y, respaldado por el compromiso inquebrantable de nuestros socios y encargado de cumplimiento, enfatizamos la esencia de la integridad y la ética como pilares fundamentales de nuestra firma. Es nuestra visión colectiva que cada acción que emprendamos refleje estos valores en su más alto calibre. En consideración de lo expuesto, hemos adoptado la siguiente: Política de Relacionamiento con Servidores Públicos 1. Objetivo: Establecer lineamientos claros y éticos para el relacionamiento de nuestra firma con servidores públicos, garantizando que todas las interacciones se realicen con integridad, respeto y en estricto cumplimiento de la normatividad vigente. 2. Alcance: Aplica a todos los miembros de nuestra firma legal boutique, incluyendo socios, abogados, personal de apoyo y cualquier otro colaborador vinculado, directa o indirectamente, con la representación o gestión de nuestros clientes. 3. Directrices Generales: Integridad: Todas las interacciones con servidores públicos deben ser transparentes, honestas y genuinas. Cualquier forma de soborno, incentivo inadecuado o trato preferencial está estrictamente prohibida. Conocimiento y cumplimiento de la normativa: Todos los miembros de la firma deben estar al tanto de la legislación y regulaciones que rigen el relacionamiento con servidores públicos. Es nuestra responsabilidad asegurar que nuestra conducta esté en estricto cumplimiento con estas normas. Comunicación clara y precisa: Toda comunicación con un servidor público debe ser clara, precisa y pertinente al asunto en cuestión. No se deben omitir, tergiversar o exagerar hechos. Regalos y atenciones: No está permitido ofrecer, directa o indirectamente, regalos, comidas, entretenimientos u otras atenciones a servidores públicos que puedan influir o parecer influir en su imparcialidad o decisiones. Rechazamos categóricamente cualquier intención corrupta. Conflicto de intereses: Antes de iniciar cualquier relacionamiento con un servidor público, se debe verificar que no exista un conflicto de intereses. En caso de identificar un posible conflicto, este debe ser reportado inmediatamente a la dirección de la firma. Privacidad y confidencialidad: Se debe respetar la privacidad y confidencialidad de la información compartida en el marco de la relación (abogado-cliente). El relacionamiento con servidores públicos obedecerá al mandato contractual de la representación judicial en el marco del ejercicio de la abogacía. 4. Capacitación y actualización: La firma se compromete a proporcionar capacitación y actualizaciones periódicas sobre las mejores prácticas y normativas a través de Diálogos Punitivos https://dialogospunitivos.com/ 5. Mecanismos de reporte: La firma cuenta con un canal ético: canaletico@web.mpapenalcorporativo.com Se garantiza la confidencialidad y no represalias para el denunciante.

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Política de Regalos

El Director General y, respaldado por el compromiso inquebrantable de nuestros socios y encargado de cumplimiento, enfatizamos la esencia de la integridad y la ética como pilares fundamentales de nuestra firma. Es nuestra visión colectiva que cada acción que emprendamos refleje estos valores en su más alto calibre. En consideración de lo expuesto, hemos adoptado la siguiente: Política de Regalos La presente política tiene como propósito establecer directrices claras respecto a la aceptación, entrega y divulgación de regalos dentro y fuera de nuestra firma legal boutique, con el fin de garantizar la transparencia, integridad y evitar posibles conflictos de interés en nuestra práctica profesional. 1. Definición: Un regalo se considera cualquier bien, servicio, favor, hospitalidad, entretenimiento, o cualquier otro beneficio tangible o intangible que se ofrezca, reciba o proporcione sin una contraprestación directa. 2. Principios Generales: Integridad y transparencia: Todos los regalos, ya sea que se ofrezcan o reciban, deben ser manejados con total transparencia e integridad. No influencia: No se debe aceptar u ofrecer ningún regalo con la expectativa de influir o recibir un trato preferencial en ningún trámite relacionado con los asuntos de la firma. 3. Directrices sobre aceptación de regalos: Valor nominal: Los regalos recibidos no deben exceder el monto de 50 dólares. Regalos en efectivo: Está estrictamente prohibido aceptar regalos en forma de efectivo, cheques, bonos, o cualquier otro instrumento monetario por parte de terceros. Eventos y hospitalidad: La asistencia a eventos, comidas, viajes o cualquier forma de hospitalidad debe ser informada y aprobada por el director general y el área administrativa. Regalos recurrentes: No se deben aceptar regalos recurrentes o múltiples de la misma fuente en un período corto de tiempo. 4. Directrices sobre ofrecimiento de regalos: Propósito legítimo: Cualquier regalo ofrecido por parte de nuestra firma debe tener un propósito legítimo v.gr. divulgación de productos académicos. Registro: Todos los regalos ofrecidos a clientes, proveedores, servidores públicos u otros, independientemente de su valor, deben ser registrados en el libro de registro de regalos de la firma. Prohibiciones específicas: Está estrictamente prohibido ofrecer regalos a servidores públicos o a cualquier persona si se considera que el regalo puede influir en una decisión relacionada con nuestra firma o clientes. 5. Divulgación: Cualquier empleado o miembro de la firma que reciba un regalo que exceda el valor nominal establecido o que tenga dudas sobre la aceptación de un regalo, debe informarlo a su superior inmediato y al encargado de cumplimiento. 6. Consecuencias del incumplimiento: El incumplimiento de esta política puede resultar en acciones disciplinarias, de acuerdo con el reglamento interno de trabajo.

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